|

LA COMPRA DE UNA PROPIEDAD RESIDENCIAL O DE VACACIONES

Información general:
-
Cuando Ud. decide comprar una propiedad en Lanzarote, es importante
contactar solamente con Agentes Inmobiliarios profesionales, registrados en
alguna Asociación Inmobiliaria. Además de una lista legítima propiedades, estos
Agentes conocen el manejo de los diversos documentos oficiales, lo cual es muy
importante para aquellos compradores sin experiencia previa en estos temas. La
mayoría de los Agentes con oficinas abiertas al público residen en la isla desde
hace años, por lo que conocen y entienden el mercado inmobiliario con detalle.
Además del manejo de los documentos oficiales necesarios en la compraventa de
una propiedad, pueden ofrecer otros servicios importantes como traducciones (una
parte de los vendedores es de habla inglesa o alemana), conexiones de agua y luz, ...
-
Una vez que Ud. ha elegido la propiedad que desea comprar, su Agente
preparará un "contrato de opción de compra", el cual le permitirá adquirir la
propiedad en un determinado plazo de tiempo. Con un depósito del 10% del precio
de compra, Ud. reserva el derecho de adquirir la propiedad elegida. Esta reserva
permite ganar el tiempo necesario para solucionar el aspecto financiero de la
compra y mantiene la propiedad fuera del mercado durante ese periodo de tiempo.
-
Durante este periodo, el Agente verifica que la propiedad está libre de
cargas y, en su caso, que los gastos de Comunidad han sido pagados.
-
Antes de que venza el periodo de opción de compra, (como máximo, 3 meses) el
Agente se encargará de pedir cita en la Notaría, donde ambas partes firmarán los
documentos legales para la transferencia de la propiedad.
-
En la Notaría, la cantidad pendiente de pago es entregada al vendedor, en
forma de cheque certificado.
-
Los costes extras aproximados, sobre el precio de la compraventa, de los que
deberá disponer el día de la firma, son los siguientes:
-
En el caso de que el vendedor sea "no-residente", el comprador está obligado
a retener el 3% del valor declarado de la compraventa, así como a ingresar esta
retención en la Tesorería Publica, en el plazo máximo de un mes desde la firma
de las Escrituras. Esto sólo es de aplicación para aquellas propiedades
registradas en el Registro de la Propiedad con fecha posterior al 31.12.1986.
-
En un periodo no superior a un mes desde la firma de las Escrituras, éstas
deben ser depositadas es el Registro de la Propiedad y el impuesto de
compraventa y transmisiones patrimoniales pagado.
-
En un periodo uno o dos meses desde la firma de las Escrituras recibirá una
notificación del Ayuntamiento para el pago de la "plusvalía", aunque el pago de
la misma también puede realizarse de forma voluntaria.
-
En un periodo uno o dos meses desde la firma de las Escrituras recibirá una
notificación del Registro de la Propiedad, para recoger las Escrituras que ya
han sido registradas.
-
Además, el nuevo propietario deberá registrar la propiedad a su nombre en
el Ayuntamiento, a fin de ser notificado correctamente para el pago del I.B.I. (contribución
urbana).
Inmo – Estate Lanzarote le ofrece los siguientes servicios:
-
Para todos nuestros clientes, realizamos los trámites necesarios para
registrar la nueva propiedad, sin coste alguno. En caso de que Ud. así lo desee,
el Agente inmobiliario puede ponerle en contacto con un abogado que lleve a cabo
la compraventa en su nombre. Los gastos por este servicio suelen ser de entre
1.000,-- Euro a 2.500,-- Euro.
-
En la mayoría de los casos, la comisión del Agente está incorporada al
precio de venta. Normalmente, es el vendedor quien la paga, excepto en el caso
de acuerdos alternativos. Por favor, tenga en cuenta que una Agencia
Inmobiliaria oficial tiene costes de funcionamiento como impuestos, publicidad,
alquiler, teléfono, etc ....

|